Talleres de vehículos: recomendaciones y derechos
Tanto antes de salir de vacaciones como a la vuelta, es habitual acudir a un taller con el vehículo, para una puesta a punto previa a la salida o para alguna revisión o arreglo tras el desplazamiento. El sector de los talleres de vehículos a motor genera no pocas reclamaciones, por eso es importante conocer nuestros derechos como consumidor/a.
Identificación del taller
Los talleres mecánicos de vehículos a motor deben estar legalmente habilitados, clasificados e identificados para poder ejercer la actividad. Esta clasificación figura en una placa metálica, cuadrada y con fondo azul, que debe estar ubicada en el exterior del establecimiento, en un lugar fácilmente visible. En dicha placa debe figurar la rama de actividad (mecánica, electricidad o carrocería y pintura) y el número del registro oficial.
Algunos estudios estiman que un 20% de los talleres de vehículos son ilegales. Por ello, se puede consultar en la Dirección General de Industria de la Comunidad Autónoma si un taller cuenta con los requisitos para ejercer esa actividad.
En el caso de los talleres no clasificados como oficiales de marca, está prohibida la ostentación de referencias a marcas, tanto en el exterior como en el interior del taller, que puedan inducir a confusión o error al usuario.
Recomendaciones y derechos como usuarios
- Exigir siempre el presupuesto previo y NUNCA RENUNCIAR a dicho presupuesto. En él deben constar los datos de identificación del taller, del usuario y del vehículo, las reparaciones previstas, los elementos o piezas a sustituir o reparar, el precio total desglosado, la fecha prevista de entrega del vehículo a partir de la aceptación del presupuesto y el tiempo de validez del presupuesto previo.
- Consultar siempre al taller el coste del presupuesto para el caso en el que no se acepte y no se haga la reparación. Sólo en este supuesto pueden cobrar su elaboración.
- Exigir un resguardo de depósito. En los casos en que exista presupuesto previo, debidamente firmado por el taller y el usuario, hace las veces de resguardo de depósito. Este documento es la prueba necesaria ante cualquier incidencia que pudiese ocurrir al vehículo.
- Cuidado con las averías imprevistas. Una vez dejado el vehículo para su reparación, si se detectan más problemas de los iniciales, nos lo deben comunicar antes de iniciar la reparación. Asimismo, nos deben presentar un nuevo presupuesto que incluya el importe del arreglo con las nuevas averías. Solamente si damos nuestro consentimiento por escrito se puede efectuar la reparación.
- Para la reparación se deben emplear sólo y exclusivamente piezas nuevas de repuesto. Únicamente si el cliente da su conformidad, se pueden instalar piezas reconstruidas o usadas. En este caso, es importante exigir al taller que se responsabilice por escrito que esas piezas se encuentran en perfecto estado.
- Atentos al estado del vehículo al recogerlo (kilómetros, nivel de combustible, estado de la carrocería e interior…).
- La garantía de las reparaciones es de de tres meses o 2.000 kms. recorridos. Las piezas nuevas instaladas tendrán además el plazo de garantía general de dos años, salvo que se trate de un elemento de desgaste (neumáticos, correa de distribución, etc.). La garantía se entiende total y se incluyen materiales y piezas, así como mano de obra, y afecta a todos los gastos que se produzcan (transporte, desplazamiento de operarios, etc.). Si durante el periodo de garantía se avería el vehículo en las partes reparadas, el taller debe arreglar gratuitamente el problema.
Reclamaciones
Si por alguna razón no estás conforme con el servicio prestado, no dudes en exigir la correspondiente hoja de reclamaciones, que el taller tiene que tener siempre a disposición de los consumidores que la soliciten. Una vez tengas tu copia de la reclamación ponte en contacto con nuestro Servicio Jurídico.
Preguntas frecuentes
Haz clic para leer la respuesta. Recuerda que puedes hacer tu consulta a través del apartado de Contacto de nuestra página web.
Contrate el seguro de un coche y lo abone por un año, a los 6 meses se me rompió el vehículo y lo llevé al desguace. ¿Tengo derecho a que la compañía de seguros me devuelva alguna cantidad de dinero por el tiempo de cobertura del seguro que ya no tengo coche?
Sí, se debería producir un prorrateo de la cantidad pagada y no disfrutada de la póliza del seguro, aunque las aseguradoras no se suelen avenir a devolver esa parte de la prima. Por ello, lo primero que hay que hacer es realizar una reclamación por escrito, dirigida al servicio de atención al cliente de la compañía de seguros.
He recibido una carta de la aseguradora del coche y me dice que en octubre al acabar el seguro lo rescinden. He llamado y me han dicho que la aseguradora no renueva la póliza de seguro cuando quiere ¿Pueden hacer eso sin razón ninguna?
La compañía aseguradora puede rescindir unilateralmente el contrato de seguro, siempre que avise con una antelación mínima de un mes. En este caso, han cumplido con la normativa, por tanto, no habría lugar a reclamación.
¿Se pueden pedir indemnizaciones a Volswagen por el problema con las emisiones de CO
Hasta ahora en España hay una decena de sentencias por el engaño de las emisiones de CO2 y no son 100% favorables al consumidor.
Los jueces entienden que el coche sigue manteniendo las mismas prestaciones, por tanto, solo en un caso ha condenado a la empresa a pagar el 10% de indemnización por daños. En definitiva, tiene usted que valorarlo.