Condena al BBVA por entregar tarjetas de crédito sin contrato

El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Oviedo, con fecha 13 de diciembre de 2021, ha declarado nulas dos tarjetas de crédito del Banco BBVA por carecer de contrato, en una evidente demostración de la opacidad con la que actúa la banca. En consecuencia, el BBVA debe reembolsar a nuestra socia todo el dinero cobrado en intereses, comisiones y otros cargos.

La sentencia constata que el Banco BBVA contestó a las reclamaciones extrajudiciales presentadas por el servicio jurídico de la Unión de Consumidores de Asturias remitiendo una serie de formularios de distintas fechas, pero ninguno de ellos estaba firmado por nuestra socia antes de la fecha de entrega de las tarjetas. Así se pudo probar que hubo movimientos con las tarjetas antes de la fecha de los modelos de contrato presentados por el BBVA.

Entregar tarjetas sin contrato no es legal

Durante mucho tiempo fue una práctica habitual, bien conocida, que los bancos entregasen tarjetas a los clientes por ventanilla, o incluso que las remitiesen por correo a sus clientes, sin que éstos las hubiesen solicitado, como si fuese una prestación adicional y graciosa por su parte, ocultando el elevado coste que tendría su utilización, y contraviniendo las exigencias al respecto del Banco de España, que considera una mala praxis la entrega o remisión de tarjetas no solicitadas.

En consecuencia, en el fallo (ver aquí) la magistrada estima íntegramente la demanda de la Unión de Consumidores de Asturias en nombre de nuestra socia, declarando nulos “los contratos de las tarjetas de crédito “A TU RITMO” y “MASTERCARD PRÁCTICA ORO CARTER” por no incorporación de las condiciones generales relativas a la regulación del coste financiero (intereses, comisiones y cualquier otro gasto) y del sistema de amortización y pago”.

Declarando que nuestra socia “sólo deberá devolver el capital recibido, sin intereses, comisiones y gastos adicionales y, en su caso, la entidad deberá devolver el exceso con sus intereses legales desde cada cobro”, así como se condena al BBVA a abonar los gastos de abogado y procuradora.

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