Suplemento territorial en la factura de la luz. ¿Qué es?

Probablemente ya has recibido una carta de tu comercializadora de referencia en la que te comunican la regularización que se va a producir en la factura de la luz con el nombre de “Suplemento territorial por tributos autonómicos de la CCAA de Asturias del año 2013

Este suplemento territorial se aplica desde el mes de septiembre del 2019

Los consumidores afectados son los que residan en las siguientes Comunidades Autónomas: Asturias, Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, la Región de Murcia, Navarra y Cataluña.

¿Cuáles son los antecedentes?

En el año 2013, la Ley del Sector Eléctrico, establecía que, en caso de que las actividades eléctricas fueran gravadas con tributos de carácter autonómico o local, al peaje de acceso se le podría incluir un suplemento territorial, que podría ser diferente en cada Comunidad Autónoma.

De esta manera, se hizo obligatoria, la inclusión de los tales suplementos territoriales en los peajes de acceso y tarifas de último recurso  que gravasen, directa o indirectamente, las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico con tributos propios o recargos.

Sin embargo, el Gobierno no llegó nunca a aprobar estos suplementos.

Estos suplementos habrían de ser abonados por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva Comunidad Autónoma.

En 2017 ya hubo una primera refacturación que afectó a los consumidores de Cataluña, La Rioja, de Castilla La Mancha y Valencia.

Sentencias del Tribunal Supremo

En ejecución de las sentencias del Tribunal Supremo dictadas como consecuencia de los recursos interpuestos por empresas que ejercen su actividad en el sector eléctrico, la Ministra para la Transición Ecológica ha aprobado una orden ministerial con los suplementos territoriales para los contratos en dichas Comunidades Autónomas que serán aplicados en próximas facturas, sobre los consumos y potencias del año 2013.

¿Cuánto hay que pagar?

Para una factura media anual de un consumidor doméstico en el entorno de 600€, considerando que la parte de peajes supone alrededor del 50% de la factura, los impactos anuales y mensuales serían los siguientes:

Segundo ejemplo: En una vivienda con una potencia contratada de 1.50 kWh con una energía consumida durante el año 2013 de 615 euros, el importe a regularizar es de 0,40 euros.

El importe se pagará en una sola factura si es inferior a 2 euros. Si la cuantía es mayor, entonces se prorrateará en 12 meses.

Si tienes alguna duda adicional, contacta con el servicio jurídico a través de este enlace.

La Unión de consumidores, ¡Siempre a tu servicio!

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