Goldcar obligado a devolver 402€ cobrados de más tras el alquiler de un vehículo
Nuestro socio, Pablo, alquila un peugeot 108 en el aeropuerto de Asturias con la empresa Goldcar durante 12 días con una fianza de 1.158 euros.
En la oficina, la empleada intenta por todos los medios que contrate un seguro adicional, a lo que Pablo se niega pues el coche va a estar en el garaje la mayor parte del tiempo.
Cuando recoge el coche se percata de que existen varios rasguños que no estaban señalados en el documento de entrega. Por lo que regresa a la oficina para que se anoten los arañazos (pero no se anotan).
Es una persona que por motivos profesionales viaja con asiduidad y alquila automóviles con frecuencia.
El día de la devolución del vehículo, una empleada distinta le comenta que hay desperfectos (rasguños y daños en el parabrisas). El reclamante no está de acuerdo con los daños señalados pues ya existían previamente. De hecho, son los mismos que había observado al recoger el coche.
Goldcar le retiene en la tarjeta de crédito 380 euros en concepto de daños y le retienen también 22 euros en concepto de gasolina. Cuando recogió el vehículo ya había pagado 18€.
La empresa en ningún momento presenta al cliente facturas de los gastos que repercute.
Goldcar ha sido sancionada en Italia con 680.000 euros por prácticas desleales con sus clientes por entregar coches con desperfectos que luego cobraba a sus clientes.
Inicialmente, el servicio jurídico de la Asociación se pone en contacto con Goldcar a través de un escrito, solicitando una mediación, que es rechazada.
Se inicia un procedimiento arbitral a través de la Junta Arbitral de Transportes de Asturias.
Resolución arbitral
Los árbitros consideran que Goldcar no tiene ningún documento de prueba que acredite el estado en el que se recogió el vehículo, así como tampoco posee documentación a cerca de los daños en el momento de la entrega.
Dice textualmente que:
Obligar a la parte reclamante a probar que ella no ocasionó el daño no solo implica la prueba de un hecho negativo sino que además le resultaría imposible cuando carece de la disponibilidad del vehículo.
En definitiva, es la empresa la que tiene que acreditar que el daño lo ocasionó el actor.
Respecto a los gastos de gasolina
En el contrato de alquiler figura la contratación de un “Sistema de devolución rápido (SDR)“.
Esta cláusula significa que, una vez entregado el vehículo, la empresa debe comprobar el nivel de carburante y devolver el no consumido. Sin embargo, en este caso, Goldcar parece que hizo justo lo contrario, cargar un importe adicional de 22 euros por el carburante.
El laudo arbitral falla a favor de Pablo y obliga a Goldcar a indemnizarlo en la cantidad de 402 euros en concepto de incumplimiento de contrato de alquiler de vehículos sin conductor.
Si tienes un problema similar, contacta con nuestras abogadas a través de este enlace.
La Unión de consumidores de Asturias, ¡Siempre a tu servicio!
Gold car son los mayores estafadores del mundo. Si pueden te la van a meter doblada. Yo ya he tenido muchos líos con ellos pero siendo cuidadoso y viendo el coche con tiempo tanto a la entrega como a la recogida, será muy difícil que te la líen. A mi en una ocasión me querían meter 800 euros por un rayón en el techo, otra vez 400 por un rayón en un lateral, etc. Son muy miserables y aunque tengo un seguro aparte que me cubre los daños en los coches que alquilo y lo pagarían ellos, no me da la gana que estos mangantes roben ni a mi ni a mi seguro. Ha habido veces que me he tirado más de 4 meses con líos de este tipo