Devolución de la comisión de testamentaría cobrada por Liberbank
La socia R.A., de Oviedo, se puso en contacto con nuestro servicio jurídico por su disconformidad con la comisión cobrada por Liberbank en concepto de gestión de testamentaría por un importe de 90 euros más iva.
Tras una primera fase en el proceso de reclamación al Servicio de Atención al cliente de Liberbank, la entidad financiera respondió de forma negativa, es decir, no reconoció la procedencia de devolver el dinero cobrado en aplicación de la comisión.
Cuando iniciamos la segunda fase de la reclamación extrajudicial, esta vez ante el Banco de España, Liberbank respondió a la reclamación de su cliente mediante un extracto bancario en el que figuraba la devolución de la comisión cobrada por importe de 108,90 euros.
Es decir, no realizó alegaciones y admitió la improcedencia del cobro de la comisión de testamentaría, devolviendo el dinero.
Pero, ¿Qué es la comisión de testamentaría?
Según el Banco de España es:
El análisis que hace el banco de la documentación aportada por los interesados en la herencia con objeto de poner a su disposición los fondos depositados o el cambio de titularidad. Como es habitual, el banco debe informarnos de la comisión antes de su aceptación y, en todo caso, no debe cargarse antes de la terminación del expediente.
Cuando se produce el fallecimiento de uno de los titulares de una cuenta bancaria, sus herederos tienen interés en conocer tanto el saldo de sus cuentas, sus movimientos bancarios previos y proceder a la adjudicación del saldo.
Pasos previos que los herederos tienen que realizar y presentar en el Banco
- Certificado de defunción del cliente.
- Certificado del Registro de actos de última voluntad.
- Copia del testamento. De no existir, se tiene que tramitar la Declaración de herederos ante el Notario .
- Liquidación y pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (si procede).
¿Es legal que cobren una comisión?
Hay determinadas entidades bancarias que sí cobran comisión por la tramitación del expediente de testamentaría. En los casos afirmativos, todo Banco o Caja nos debe de informar con anterioridad y solamente podrá cobrar una comisión si está prevista en su folleto de tarifas y comisiones y una vez que el proceso haya terminado.
El criterio del Banco de España en reclamaciones anteriores y que se recoge, anualmente, en la Memoria del Servicio de reclamaciones del Banco de España, establece que:
Con carácter general, el Departamento estima que las entidades han de realizar el estudio jurídico de la documentación presentada que justifique el derecho hereditario de quien solicita información sobre las posiciones que mantenía el causante.
Han de analizar la documentación relativa al derecho a la adjudicación debienes concretos en orden a llevar a cabo la disposición de los mismos –aceptación, partición y adjudicación de bienes-.
Las entidades de crédito han de ser extremadamente diligentes en el cumplimiento de estas formalidades.
Finalmente, y con independencia de la necesidad de realizar un estudio riguroso de la documentación presentada, y aunque no existe plazo predeterminado para la tramitación de las testamentarías de sus clientes, las entidades han de justificar que su actuación en la tramitación ha sido diligente y no ha sufrido demoras unilaterales e innecesarias, procurando en todo caso que los herederos puedan disponer de los fondos en cuanto sea posible.
Consejo
Tengan mucho cuidado si se encuentran en una situación similar ante el fallecimiento de un miembro de su familia. No permitan que le cobren una comisión si no le han informado previamente de su existencia. Tampoco podrán hacerlo si no figura en el tablón de anuncios de la entidad y, en todo caso, solamente podrán cobrarla cuando finalice la gestión, no antes.
Si están en un caso similar, se pueden poner en contacto con nuestro servicio jurídico, aquí.
La Unión de consumidores de Asturias, ¡Siempre a tu servicio!
Me podrían enviar una carta modelo de reclamacion de comisiones por testamentaria para dirigirlo a Unicaja y al Banco de Santander?
Gracias y saludos
Hola Ana, si lo deseas puedes ponerte en contacto con nuestro Servicio Jurídico llamando al teléfono 985 21 09 57 o al 900 50 10 60, de lunes a viernes laborables de 9 a 14 horas, y de 16,30 a 19 horas de lunes a miércoles laborables. Saludos
hola Ana ,al final te facilitaron el modelo de reclamación de las comisiones testamentarias. Yo tengo el mismo problema con dos bancos y no lo encuentro por ninguna parte
LLevo 2 años intentando que LIBERBANK me de el dinero de una herencia habiendo presentado todos los documentes y realizado el pago de impuestos.
Hola Abu, para recibir asesoramiento sobre el problema que nos comentas con Liberbank, por favor, entra en la “oficina virtual” y rellena tus datos (municipio, teléfono, correo, nombre y apellidos), para que el servicio jurídico se pueda poner en contacto directo contigo. Este es el enlace a la oficina virtual: http://www.consumidor.es/contacto/
Quisiera saber si puedo reclamar ya que voy mañana a La Caixa una devolución de la comisión testamentaria que me han cobrado hace unos dos meses y unas comisiones de 96 euros por hacer una transferencia a otro banco ellos a mi banco gracias
Hola Luis Carlos, por favor, entre en nuestra “oficina virtual” y rellene sus datos para que el servicio jurídico se ponga en contacto con usted. El enlace es el siguiente: http://www.consumidor.es/contacto/
Saludos
Ha fallecido mi suegra que tenía una en Liberbank una cuenta de ahorro, otra a plazo fijo, y acciones.
Como herederos de esas cuentas hemos presentado en Liberbank el certificado de defunción, el de últimas voluntades, y la copia del testamento, y nos han dicho que teníamos que tramitar el impuesto de sucesiones. Lo hemos tramitado y lo hemos aportado también a Liberbank. Nos han hecho firmar el pago de 90 euros + IVA, para su Asesoría personal. Después de un mes nos dicen que tenemos que volver a presentar todos los documentos, porque después de que los escanearon no se veían bien (ya nos pareció que intentaban dar largas). Y ahora nos dicen que en el impuesto de sucesiones no figura incluido lo de las acciones, y que si nuestro asesor lo habrá hecho mal. Les decimos que no lo llevamos a ninguna Asesoría, sino que nos lo cumplimentaron en la Consejería de Hacienda directamente. ¿Se puede abusar del cliente de esa manera?
Hola Rafael, si deseas que se ponga en contacto contigo una asesora del servicio jurídico, por favor, entra en el siguiente enlace y rellena tus datos. Saludos
http://www.consumidor.es/contacto/
Buenos días,voy a reclamar la comisión de testamentaria que me ha cobrado el Banco Santander en este caso,puedo cobrar la herencia antes de reclamar?.Gracias por su atención
Hola Isi, si desea ponerse en contacto con nuestro servicio jurídico, por favor, entre en este enlace y rellene sus datos: http://www.consumidor.es/contacto/