Sentencias condenatorias por cláusula suelo frente a varios Bancos
El mes de diciembre del 2018 terminó de una forma excelente para la recuperación del dinero de la cláusula suelo en varias sentencias contra diferentes entidades bancarias. En todas ellas, se reconoció la nulidad del suelo y por tanto, la devolución de lo pagado de más durante los años en los que se aplicó el límite a la variabilidad del euríbor más los intereses legales.
BBVA
La sentencia 5284 del juzgado de primera instancia nº 6 de Oviedo condena al BBVA a pagar la devolución de la cláusula suelo a nuestros asociados que, en el año 2017, habían presentado la reclamación extrajudicial al amparo del Real Decreto creado por el Gobierno para la devolución del suelo.
El BBVA se había negado a devolver cantidad alguna por considerar que sus clientes habían sido informados correctamente. Sin embargo, tras la presentación de la demanda, el Banco se allana lo que significa que reconoce todos los hechos. Por este motivo, el juez les condena también a las costas judiciales por MALA FÉ.
CAIXABANK
En este caso, tras la presentación de la demanda en el juzgado, el Banco tiene que contestar por escrito, mostrando así los criterios de su defensa. Tras la finalización del plazo para realizar alegaciones y no ser recibidas, el juez les condena en REBELDÍA PROCESAL. Finaliza el procedimiento, con una sentencia favorable a los consumidores, esgrimiendo los fundamentos jurídicos que han llevado al Supremo y al TJUE a considerar la cláusula suelo como nula, con la particularidad de condenarles expresamente por TEMERIDAD Y MALA FÉ.
LIBERBANK
Tras varios intentos de resolver extrajudicialmente la controversia de la cláusula suelo, desde el año 2017, y tras las consiguientes negativas del Banco, se presenta demanda judicial. Es en este momento, cuando Liberbank presenta escrito de allanamiento reconociendo la obligación de devolver el dinero cobrado de más por la cláusula suelo, los intereses legales hasta la sentencia y su pago, así como las costas procesales.
UNICAJA
En el año 2002, nuestros socios firmaron un préstamo hipotecario con una cláusula suelo del 3% y un techo del 12%. Durante los años en los que el euríbor estuvo por debajo de ese 3%, los clientes pagaron cantidades muy superiores a las que les correspondía. Tras ser considerada una cláusula abusiva por su falta de transparencia e información precontractual, nuestro servicio jurídico presentó una vía extrajudicial para solicitar a Unicaja la devolución de lo pagado de más, que nunca fue contestada.
Por este motivo, tuvo que interponerse la correspondiente demanda judicial a la que Unicaja no contestó declarándola el juez en REBELDÍA PROCESAL. Por tanto, vuelve a recaer una sentencia favorable a los consumidores, devolviéndo todas las cantidades pertinentes, más las costas judiciales y una expresa declaración de MALA FÉ Y TEMERIDAD por el juez de instrucción.
Llama la atención que el abuso de las entidades financieras no solamente ha consistido, en primer lugar, en incluir una clásusula suelo de forma injustificada y sin información previa, sino que además, pudiendo haber devuelto el dinero en una vía amistosa a través de una vía normativa creada por el Gobierno, han seguido resistiéndose hasta llegar a juicio.
Algún día se conocerá el gasto judicial que supone para la Administración de justicia todos los recursos administrativos y humanos que se están poniendo a disposición de la Banca para recuperar lo robado. Por no hablar de los años que están pasando hasta que los consumidores recuperan su dinero.
Si conoces a alguien que aún no sepa si tiene cláusula suelo o no sabe cómo recuperarla, por favor, contacta con nuestro servicio jurídico, aún quedan muchos clientes bancarios que desconocen su existencia.
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